El arquitecto que vaya a elaborarte el informe técnico se pondrá en contacto con el arquitecto del ayuntamiento para consultar qué documentación precisa el ayuntamiento, qué modelos de solicitudes tiene, etc.
Con esta información ya se puede empezar el trabajo in situ. El arquitecto irá a ver la vivienda para comprobar los datos del solar, tomar datos sobre los parámetros urbanísticos de lo construido como la altura de la edificación, retranqueos o separación a linderos, porcentaje de ocupación, patios, etc. También que tomar medidas de las superficies por usos y totales.
Después se redactará el informe técnico que constará de: memoria, normativa técnica aplicable, documentación gráfica y planos, las mediciones con una valoración y anexos. Por ejemplo, algunas administraciones solicitan un certificado de final de obra para expedientes de legalización.
Con el informe técnico ya se puede solicitar la licencia de legalización. Los dos documentos se entregan al departamento de urbanismo del ayuntamiento. Tendrás que esperar a que se resuelva el expediente de legalización de edificación. Cuando recibas el visto bueno, deberás abonar las tasas e impuestos correspondientes.
Por último, se recibe la “licencia de primera ocupación” por parte del ayuntamiento. Este documento es imprescindible para obtener los suministros de agua, electricidad y gas y para escriturar la vivienda en el Registro de la Propiedad.